- No estás obligado; de hecho, tanto los servicios de prevención de riesgos laborales como las mutuas tampoco deben informar de ello.
- Todas las personas trabajadoras, tengan o no un trastorno crónico, tienen derecho a poder compaginar la vida laboral con el propio control de su salud.
- Se debe evitar etiquetar a las personas en función de un diagnóstico, sino hacer valer las capacidades de forma objetiva.
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